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Cómo salir de la anorexia? Las jóvenes buscan ayuda

PADECIMIENTOS EN PERSONAS DE BAJO PESO En el caso de las personas delgadas mencionamos la caquexia que es un estado de desnutrición calórica y proteica debido a una escasa nutrición donde el organismo consume sus propias reservas presentándose el paciente con astenia o cansancio, delgadez facial con pómulos y pliegues cutáneos muy marcados, además de pérdida de la pigmentación de la piel. Si el paciente esta en cama puede desarrollar úlceras cutáneas, cierta insuficiencia renal, anemia e hipoalbuminemia y mala cicatrización. La anorexia nerviosa es una enfermedad que se caracteriza por el miedo intenso a ganar peso teniéndose una imagen distorsionada del propio cuerpo, llamada dismorfia que conduce a un adelgazamiento grave debido a una alimentación mínima y se presenta habitualmente en mujeres adolescentes. Se calcula que entre el 5 el 18% de los anoréxicos muere por desnutrición. Si estos síntomas se acompañan en la paciente por una maliciosa pr...

NORMATIVA DE PRIVACIDAD Y SEGURIDAD DE REGISTROS MÉDICOS


** Normativas de Privacidad y Seguridad en el Manejo de la Historia Clínica de Pacientes en un Centro Médico

La historia clínica constituye un documento de vital importancia en la prestación de servicios de salud. Contiene información confidencial sobre el estado de salud de un individuo, sus tratamientos, diagnósticos y antecedentes familiares. Por ello, la protección de estos datos es un imperativo ético y legal en cualquier centro médico.

** Marco Normativo Internacional y Nacional

A nivel internacional, diversas normativas y regulaciones buscan garantizar la privacidad y seguridad de la información médica. Entre las más destacadas se encuentra el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea, que establece principios como la licitud, lealtad y transparencia en el tratamiento de datos personales.

A nivel nacional, cada país cuenta con su propia legislación específica. En muchos casos, estas leyes se complementan con guías y estándares elaborados por colegios profesionales y asociaciones médicas. Por ejemplo, en Estados Unidos, la Health Insurance Portability and Accountability Act (HIPAA) establece estándares nacionales para la protección de información médica electrónica.


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** Principios Fundamentales de la Protección de Datos en Salud

La protección de la historia clínica se basa en los siguientes principios:

* Confidencialidad:** La información contenida en la historia clínica debe mantenerse en estricta confidencialidad y solo puede ser accedida por personal autorizado.

* Integridad:** Los datos de la historia clínica deben ser precisos, completos y actualizados. Cualquier modificación debe ser debidamente registrada y justificada.

* Disponibilidad:** La información debe estar disponible cuando sea necesaria para la prestación de cuidados, pero protegida contra pérdidas, alteraciones o destrucciones accidentales.

* Acceso limitado:** El acceso a la historia clínica debe estar restringido al personal autorizado y con una necesidad legítima de conocer la información.

* Consentimiento informado:** Los pacientes deben ser informados sobre cómo se utilizarán sus datos y dar su consentimiento expreso para su tratamiento.

** Medidas de Seguridad Técnicas y Organizativas

Para garantizar la protección de la historia clínica, los centros médicos deben implementar una serie de medidas de seguridad, tanto técnicas como organizativas. Entre ellas se encuentran:

* Encriptación de datos:** La información debe ser encriptada tanto en reposo como en tránsito para protegerla contra accesos no autorizados.

* Contraseñas seguras:** El acceso a los sistemas informáticos debe estar protegido mediante contraseñas fuertes y únicas.

* Control de acceso:** Se deben establecer mecanismos de control de acceso que permitan identificar a los usuarios y restringir su acceso a la información según sus roles y responsabilidades.

* Auditoría de registros:** Es necesario llevar un registro de todas las acciones realizadas sobre la historia clínica para detectar posibles irregularidades.

* Formación del personal:** El personal sanitario debe recibir formación periódica sobre las normas de seguridad y privacidad de la información.

* Planes de contingencia:** Los centros médicos deben contar con planes de contingencia para hacer frente a posibles incidentes de seguridad, como ciberataques o pérdidas de datos.

** Desafíos y Tendencias Futuras

La digitalización de la historia clínica ha traído consigo nuevos desafíos en materia de seguridad. Las amenazas cibernéticas cada vez más sofisticadas y la creciente interconexión de los sistemas informáticos aumentan el riesgo de brechas de seguridad.

Para hacer frente a estos desafíos, se están desarrollando nuevas tecnologías y soluciones, como la inteligencia artificial y el blockchain, que pueden mejorar la seguridad de la información médica. Además, se están explorando nuevos modelos de colaboración entre los proveedores de servicios de salud y los pacientes, que permitan a estos últimos tener un mayor control sobre sus datos.

La protección de la historia clínica es un tema de gran relevancia en la actualidad. Las normativas y regulaciones existentes establecen un marco legal sólido para garantizar la privacidad y seguridad de la información médica. Sin embargo, es necesario seguir trabajando para mejorar las medidas de seguridad y adaptarlas a los nuevos desafíos tecnológicos.

Los profesionales de la salud, los responsables de los centros médicos y los pacientes tienen un papel fundamental en la protección de la historia clínica. Al trabajar juntos, podemos garantizar que la información médica sea utilizada de manera segura y ética, en beneficio de todos.

**Referencia Bibliográfica:**

* Comisión Europea. (2016). Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos). Diario Oficial de la Unión Europea L 119/1.

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